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ADR explicado: vehículos de mercancías peligrosas, placas naranjas y códigos de túnel

Qué convierte un remolque en un vehículo ADR bajo ADR 2025: las designaciones EX/II, EX/III, FL y AT, el certificado de aprobación, la placa naranja y el código de restricción en túneles.

Semirremolque de tres ejes cargado con paquetes de botellas de gas, con una placa naranja ADR en la parte trasera que muestra 239 sobre 1001
Hangman'sDeath — CC0 1.0

Un remolque ADR no es un remolque construido con un estándar generalmente más alto. Es un remolque que encaja en una de cinco definiciones, ha sido inspeccionado conforme a los requisitos vinculados a esa definición, y lleva un certificado que lo acredita. Cuál de las cinco se aplica decide qué puede transportar y qué debe demostrar su inspección anual; qué túneles no puede atravesar lo decide la mercancía a bordo, no la designación.

El texto en vigor es ADR 2025, publicado por la UNECE como ECE/TRANS/352 en dos volúmenes, aplicable desde el 1 de enero de 2025, con una medida transitoria en 1.6.1.1 que permitió la versión anterior hasta el 30 de junio de 2025. Dentro de la UE también rige los transportes nacionales: Annex I, Section I.1 de la Directive 2008/68/EC, sustituido por la Commission Delegated Directive (EU) 2025/149, aplica los Annexes A y B del ADR tal como están en vigor desde el 1 de enero de 2025, y Article 2(4) define un vehículo de forma que incluye cualquier remolque.

Por debajo del umbral, el régimen de vehículo desaparece

La columna (15) de Table A en Chapter 3.2 sitúa la mayoría de las partidas en una categoría de transporte del 0 al 4; donde no se ha asignado ninguna, la nota explicativa de esa columna en Chapter 3.2 indica que la parte superior de la celda muestra en su lugar un guion. Donde hay categoría, 1.1.3.6.3 fija lo que permite por unidad de transporte: nada en absoluto para la categoría 0, y después 20, 333, 1.000 y sin límite. Lo que cuenta esa cifra se establece en el texto de cierre de ese mismo 1.1.3.6.3, bajo la tabla: la masa neta en kilogramos para sólidos y para gases licuados, licuados refrigerados y disueltos; la cantidad total de la mercancía en litros para líquidos; la capacidad en agua del recipiente en litros para gases comprimidos, gases adsorbidos y productos químicos bajo presión; y para objetos, la masa total en kilogramos de los objetos sin sus embalajes, lo que en Class 1 significa la masa neta de la materia explosiva. La nota a pie de página a de la tabla fija después, para una lista nombrada de números ONU, entre ellos UN 1005 y UN 1017, 50 kg por unidad de transporte. Sus marcas solo aparecen en partidas de categoría de transporte 1, de modo que eleva esas mercancías por encima de los 20 que la categoría daría de otro modo, en lugar de limitarlas. Por debajo de la cifra, 1.1.3.6.2 permite que la mercancía viaje en bultos sin Chapter 5.3, la mayor parte de Part 8, ni Part 9 — todo el régimen de construcción y aprobación de vehículos. El marco son los bultos, y una cisterna no lo es: coloque la misma sustancia en una cisterna fija y la exención desaparece con cualquier capacidad. Las capacidades de 9.1.1.2 deciden entonces qué designación necesita el vehículo, que es el tema de la siguiente sección.

Las cinco designaciones

Part 9 se aplica a los vehículos de las categorías N y O que transportan mercancías peligrosas (9.1.1.1). La categoría O son los remolques, de modo que un semirremolque se aprueba por derecho propio, con independencia de lo que lo arrastre. Las definiciones de 9.1.1.2 son EX/II y EX/III para explosivos de Class 1; FL en cuatro casos; AT en dos; y MEMU, la unidad móvil de fabricación de explosivos definida en 1.2.1.

FL abarca los líquidos con un punto de inflamación no superior a 60 °C, y el peróxido de hidrógeno por encima del 60 % bajo UN 2015, cada uno en cisternas fijas o desmontables de más de 1 m³ o en contenedores cisterna o cisternas portátiles de más de 3 m³ individualmente; los gases inflamables en cisternas fijas o desmontables de más de 1 m³ o en contenedores cisterna, cisternas portátiles o MEGC de más de 3 m³ individualmente; y los vehículos batería de más de 1 m³ para gases inflamables. Dentro de FL, solo el caso de los gases nombra los MEGC. AT recoge el resto: el transporte distinto de EX/III, FL o un MEMU en cisternas fijas o desmontables de más de 1 m³ o en contenedores cisterna, cisternas portátiles o MEGC de más de 3 m³ individualmente, y los vehículos batería de más de 1 m³ que no sean FL.

El gasóleo es el punto donde esto se lee mal con más frecuencia. La definición de FL excluye expresamente el gasóleo conforme a la norma EN 590:2013 + A1:2017, y el gasóleo y el fuelóleo ligero bajo UN No. 1202 con un punto de inflamación conforme a esa norma. Table A recoge por ello tres partidas UN 1202 separadas: la de gasóleo, diésel o fuelóleo ligero con un punto de inflamación no superior a 60 °C muestra FL en la columna (14); la partida EN 590 muestra AT; la partida para un punto de inflamación superior a 60 °C y no superior a 100 °C también muestra AT. Las tres llevan el número de identificación de peligro 30 y el código de túnel (D/E). La gasolina, UN 1203, es FL, categoría de transporte 2, número de peligro 33. Una cisterna de combustible no es automáticamente un vehículo FL.

El certificado, y su aspecto físico

La conformidad se certifica mediante un certificado de aprobación de la autoridad competente del país de matriculación, aceptado por las demás Partes Contratantes mientras su validez continúa (9.1.3.2) y que debe llevarse en la cabina del conductor conforme a 8.1.2.2 (a), que exige uno por cada unidad de transporte o elemento de ella — la redacción que hace necesario, por separado, el propio certificado del remolque. La descripción física de 9.1.3.3 es la herramienta de verificación más útil que tiene un comprador de segunda mano. El certificado sigue el modelo de 9.1.3.5, mide 210 mm × 297 mm — A4 —, puede usar ambas caras, y es blanco con una banda diagonal rosa. Puede llevar un holograma, impresión UV, motivos de guilloché o un código de barras, y una Parte Contratante que añada tales elementos debe depositar un ejemplar y notas explicativas ante la secretaría de la UNECE, que las publica. Cuando el idioma de expedición no es el inglés, el francés o el alemán, el título y las observaciones bajo el número 11 deben aparecer también en uno de los tres.

Después lea las casillas. El número 7 es la designación del vehículo conforme a 9.1.1.2, con EX/II, EX/III, FL, AT y MEMU impresos y los que no se aplican tachados. El número 9 describe la cisterna fija o el vehículo batería, incluidos su número de aprobación, año de fabricación y código de cisterna. El número 10 indica las mercancías autorizadas. El número 12 es la fecha de caducidad.

Esa fecha procede de un ciclo anual. Conforme a 9.1.2.3, el vehículo se somete a una inspección técnica anual en su país de matriculación, y la validez expira, como muy tarde, un año después de la fecha de la inspección anterior a la expedición del certificado (9.1.3.4). Cuando la inspección cae dentro del mes anterior o posterior a la fecha de vencimiento nominal, el siguiente periodo sigue contando desde esa fecha, lo que impide que el ciclo se adelante cada año. Pasada esa fecha, el vehículo no puede transportar mercancías peligrosas hasta que tenga un certificado válido.

El precio de equivocarse en esto queda fuera del ADR. La Directive (EU) 2022/1999, que codificó y derogó la Council Directive 95/50/EC el 12 de noviembre de 2022, sitúa el transporte en un vehículo sin el certificado de aprobación adecuado en la categoría de riesgo I de Annex II, lo que en el control de carretera normalmente lleva a medidas correctoras inmediatas y adecuadas, entre ellas la inmovilización del vehículo. Annex II se describe a sí mismo como una lista no exhaustiva que ofrece orientación, y deja la categoría de una infracción concreta a las circunstancias particulares y a la discreción del organismo o agente que la hace cumplir. Ese Annex II es el que sustituyó la Commission Delegated Directive (EU) 2025/1801, aplicable desde el 24 de junio de 2026; la numeración de los puntos en el texto del Diario Oficial de 2022 no es la numeración en vigor.

La placa naranja

Conforme a 5.3.2.1.1, una unidad de transporte que lleve mercancías peligrosas exhibe dos placas rectangulares naranjas en un plano vertical, una delante y otra detrás, y si un remolque que contiene mercancías peligrosas se desengancha durante el transporte, una placa permanece en su parte trasera. La especificación de 5.3.2.2.1 es exacta: reflectante, 40 cm de base y 30 cm de altura, borde negro de 15 mm de ancho, resistente a la intemperie. La placa no debe desprenderse de su soporte tras quince minutos envuelta en fuego, y debe permanecer fijada sea cual sea la posición en que quede el vehículo. Cuando la superficie disponible es insuficiente, el mismo apartado permite que las dimensiones bajen hasta un mínimo de 300 mm de base, 120 mm de altura y un borde de 10 mm; la tolerancia de ±10 % sobre las dimensiones de ese subapartado está en 5.3.2.2.4. Las cifras son negras, de 100 mm de altura con un trazo de 15 mm, con el número de identificación de peligro arriba y el número ONU debajo, separados por una línea negra de 15 mm (5.3.2.2.2). Annex II de la Directive (EU) 2022/1999 no recoge ninguna norma de tamaño para la placa naranja: su categoría de riesgo III cubre el tamaño de los paneles o etiquetas, y de las letras, cifras o símbolos que llevan. La placa naranja llega a Annex II como marcado, y en tres niveles en lugar de dos. El transporte sin ningún panel, marcado u otras señales de identificación en el vehículo es el punto 18 de la categoría de riesgo I, y el marcado mediante placa de color naranja se nombra expresamente dentro de ese apartado — el mismo nivel de inmovilización que un certificado de aprobación ausente. Un marcado incorrecto de la placa es el punto 9 de la categoría II, donde la respuesta es la corrección in situ o, si no es posible, antes de que termine la operación de transporte. No fijarla correctamente es el punto 5 de la categoría III.

Las placas que no se corresponden con la mercancía a bordo se retiran o se cubren, y una cubierta debe ser total y seguir siendo eficaz tras quince minutos en el fuego (5.3.2.1.8). Los requisitos se extienden a las cisternas y vehículos a granel que están vacíos pero sin limpiar, sin desgasificar o sin descontaminar (5.3.2.1.7) — una cisterna semirremolque vacía sigue siendo un vehículo con placa. Conforme a 1.6.1.8, las placas existentes que cumplen la especificación aplicable hasta el 31 de diciembre de 2004 solo pueden seguir usándose hasta el 31 de diciembre de 2026, y únicamente cuando la placa, las cifras y las letras permanezcan fijadas sea cual sea la posición en que quede el vehículo, como exigen 5.3.2.2.1 y 5.3.2.2.2.

Leer el número es un sistema, no una consulta. Conforme a 5.3.2.3.1, las cifras significan emisión de gas por presión o por reacción química (2), inflamabilidad de líquidos (vapores) y gases, o de un líquido autorreactivo (3), inflamabilidad de sólidos o de un sólido autorreactivo (4), efecto comburente (5), toxicidad o riesgo de infección (6), radiactividad (7), corrosividad (8) y riesgo de reacción violenta espontánea (9). Duplicar una cifra intensifica ese peligro, salvo en las combinaciones que el mismo apartado exceptúa — 22, 323, 333, 362, 382, 423, 44, 446, 462, 482, 539, 606, 623, 642, 823, 842, 90 y 99 —, que 5.3.2.3.2 define una a una. Cuando una sola cifra basta, la sigue un cero; una X antepuesta significa que la sustancia reacciona peligrosamente con el agua. Class 1 usa en su lugar su código de clasificación. Así, 33 sobre 1203 es gasolina, y 239 sobre 1001 —la placa del remolque fotografiado más arriba— es un gas inflamable que puede desencadenar espontáneamente una reacción violenta, acetileno disuelto.

Sobrevive una excepción nacional: Annex I, Section I.2, punto 5 de la Directive 2008/68/EC permite a un Estado miembro mantener, para los vehículos matriculados en su propio territorio, normas en vigor a 31 de diciembre de 1996 que muestran un código de actuación en emergencia o una ficha de peligro en lugar del número de identificación de peligro.

El código de túnel

La columna (15) recoge dos cosas: la categoría de transporte y, debajo, entre paréntesis, el código de restricción en túneles. Un guion dentro del paréntesis significa que la mercancía no está sujeta a ninguna restricción en túneles, salvo que para los UN Nos. 2919 y 3331 pueden seguir formando parte del acuerdo especial aprobado por la autoridad competente conforme a 1.7.4.2 (8.6.3.1); cuando una unidad de transporte lleva mercancías con códigos distintos, rige el más restrictivo para toda la carga (8.6.3.2).

La categorización es nacional, no europea: Chapter 1.9 se titula restricciones al transporte por las autoridades competentes, y 1.9.5.1 hace que la propia autoridad competente de cada Parte Contratante asigne los túneles de su territorio a una de cinco categorías, y solo cuando aplica restricciones al paso de mercancías peligrosas en absoluto. No hay una lista europea común, el mismo túnel puede estar en más de una categoría según la hora o el día, y 1.9.5.3.7 deja a cada Parte Contratante que notifique sus restricciones a la secretaría de la UNECE, que las publica. La asignación se basa en la premisa de 1.9.5.2.1 de que los peligros son la explosión, la liberación de gas tóxico o de líquido tóxico volátil, y el incendio. Las cinco categorías en sí están en 1.9.5.2.2. A no lleva restricción; B restringe las mercancías que puedan causar una explosión muy grande; C añade una explosión grande o una liberación tóxica grande; D añade un incendio grande; E restringe todo salvo las partidas marcadas con un guion en la columna (15), y también recoge las mercancías transportadas en cantidades limitadas conforme a Chapter 3.4 cuando la carga supera las 8 toneladas de masa bruta total por unidad de transporte. La categoría se obtiene de la señal: sin señal es A, y un panel adicional con B, C, D o E da el resto (8.6.2). Esas señales se colocan donde todavía se puede elegir una ruta alternativa (1.9.5.3.4).

ADR 2025, 8.6.4 — restricción según el código de restricción en túneles de toda la carga.
CódigoRestricción
BProhibido en túneles de categoría B, C, D y E
B1000CMasa explosiva neta superior a 1.000 kg: prohibido en B, C, D y E. No superior a 1.000 kg: prohibido en C, D y E
B/DTransporte en cisterna: prohibido en B, C, D y E. Otro transporte: prohibido en D y E
B/ETransporte en cisterna: prohibido en B, C, D y E. Otro transporte: prohibido en E
CProhibido en túneles de categoría C, D y E
C5000DMasa explosiva neta superior a 5.000 kg: prohibido en C, D y E. No superior a 5.000 kg: prohibido en D y E
C/DTransporte en cisterna: prohibido en C, D y E. Otro transporte: prohibido en D y E
C/ETransporte en cisterna: prohibido en C, D y E. Otro transporte: prohibido en E
DProhibido en túneles de categoría D y E
D/ETransporte a granel o en cisterna: prohibido en D y E. Otro transporte: prohibido en E
EProhibido en túneles de categoría E
Permitido en todos los túneles (para los UN Nos. 2919 y 3331, véase también 8.6.3.1)

La gasolina y el gasóleo son ambos (D/E), de modo que una cisterna de combustible queda excluida de los túneles de categoría D y E pero puede circular por B y C. El GLP bajo UN 1965 es (B/D), y también lo es el acetileno bajo UN 1001, lo que cierra a una cisterna de gas toda categoría por encima de A. El amoníaco anhidro y el cloro son ambos (C/D). Una ruta que sirve para el contrato de gasóleo puede estar cerrada para el de GLP detrás de la misma tractora.

Qué debe acompañar a una cisterna semirremolque usada

Empiece por las casillas 7 y 10 del certificado y compárelas con el trabajo que usted tiene previsto, no con el que tenía el vendedor. Pida después el expediente de la cisterna definido en 1.2.1 — el archivo que contiene los certificados de aprobación de tipo e inspección de esa cisterna. Conforme a 4.3.2.1.7, el propietario u operador lo conserva durante la vida de la cisterna y quince meses más, y en un cambio de propietario pasa al nuevo sin demora.

La cisterna lleva una placa metálica resistente a la corrosión, fijada de forma permanente donde pueda alcanzarse para la inspección (6.8.2.5.1), que muestra el número de aprobación, el fabricante y el número de serie, el año de fabricación, la presión de prueba, la capacidad, y la fecha y el tipo de la inspección más reciente — mes y año seguidos de P para una inspección inicial o periódica, o L para una intermedia. Esas letras sitúan, solo con la placa, la posición de la cisterna en su ciclo.

El ciclo cambia según el contenedor, y 6.8.1.1 establece la convención de dos columnas que decide qué cifra se aplica. Las cisternas fijas —los vehículos cisterna—, las cisternas desmontables y los vehículos batería se someten a una inspección periódica como máximo cada seis años (6.8.2.4.2) y a una intermedia como máximo tres años después de la inicial y de cada periódica (6.8.2.4.3). Los contenedores cisterna, las cajas cisterna desmontables y los MEGC funcionan a cinco años y dos años y medio. Una cisterna semirremolque y un contenedor cisterna sobre un chasis portacontenedores siguen relojes distintos, y 9.1.3.4 indica que la inspección anual ADR no acorta ninguno de los dos.

Todo esto se suma a las preguntas habituales de compra — los valores de la placa y las cargas por eje en pesos del camión, las formas y usos en tipos de semirremolque, el expediente documental en comprar un camión usado, y la inspección anual que cae en la misma hoja que los costes de una tractora. La capa ADR no sustituye a ninguna de ellas. Decide si el vehículo puede siquiera hacer ese trabajo.

Respuestas rápidas

¿Cuánto tiempo es válido un certificado de aprobación ADR?
Su validez expira, como muy tarde, un año después de la fecha de la inspección técnica anterior a su expedición (ADR 9.1.3.4). Cuando la inspección cae dentro del mes anterior o posterior a la fecha de vencimiento nominal, el siguiente periodo sigue contando desde esa fecha y no desde la inspección.
¿Cuál es la diferencia entre un vehículo FL y un vehículo AT?
FL abarca cuatro casos en ADR 9.1.1.2. Los líquidos con un punto de inflamación no superior a 60 °C —salvo el gasóleo conforme a EN 590:2013 + A1:2017, y el gasóleo y el fuelóleo ligero bajo UN No. 1202 con un punto de inflamación conforme a esa norma— en cisternas fijas o desmontables de más de 1 m³ o en contenedores cisterna o cisternas portátiles de más de 3 m³ individualmente; los gases inflamables en cisternas fijas o desmontables de más de 1 m³ o en contenedores cisterna, cisternas portátiles o MEGC de más de 3 m³ individualmente; los vehículos batería de más de 1 m³ para gases inflamables; y el peróxido de hidrógeno por encima del 60 % bajo UN 2015 en los mismos contenedores que en el caso de los líquidos. AT abarca los otros dos: el transporte distinto de EX/III, FL o un MEMU en cisternas fijas o desmontables de más de 1 m³ o en contenedores cisterna, cisternas portátiles o MEGC de más de 3 m³ individualmente, y los vehículos batería de más de 1 m³ que no sean FL.
¿Necesita una cisterna de gasóleo un vehículo FL?
Solo si el gasóleo no cumple la especificación. El gasóleo conforme a EN 590:2013 + A1:2017, y el gasóleo y el fuelóleo ligero bajo UN 1202 con un punto de inflamación conforme a esa norma, quedan excluidos expresamente de la definición de FL en ADR 9.1.1.2, y Table A muestra AT en la columna (14) frente a esa partida. La partida UN 1202 separada para gasóleo, combustible diésel o fuelóleo ligero con un punto de inflamación no superior a 60 °C muestra FL, y la partida para un punto de inflamación superior a 60 °C y no superior a 100 °C muestra AT.
¿Qué tamaño tiene una placa naranja ADR?
ADR 5.3.2.2.1 la fija en 40 cm de base y 30 cm de altura, con un borde negro de 15 mm de ancho, y permite que las dimensiones bajen hasta un mínimo de 300 mm de base, 120 mm de altura y un borde de 10 mm cuando la superficie disponible es insuficiente. Las cifras tienen 100 mm de altura con un trazo de 15 mm (5.3.2.2.2). La tolerancia permitida sobre las dimensiones en ese subapartado es de ±10 % (5.3.2.2.4).
¿Qué significa el código de restricción en túneles (D/E)?
El transporte a granel o en cisterna está prohibido en túneles de categoría D y E, y el resto del transporte está prohibido en túneles de categoría E (ADR 8.6.4). La gasolina bajo UN 1203 y el gasóleo bajo UN 1202 llevan ambos (D/E) en la columna 15 de Table A.

Fuentes

  1. ADR 2025 Volume I (ECE/TRANS/352) — Parts 1 to 3, including 1.1.3.6, 1.6.1, 1.9.5 and Table A of Chapter 3.2 — United Nations Economic Commission for Europe
  2. ADR 2025 Volume II (ECE/TRANS/352) — Parts 4 to 9, including 4.3.2, 5.3.2, 6.8.2, 8.6 and 9.1 — United Nations Economic Commission for Europe
  3. Directive 2008/68/EC on the inland transport of dangerous goods, consolidated text — EUR-Lex, European Union
  4. Commission Delegated Directive (EU) 2025/149 amending the Annexes to Directive 2008/68/EC — EUR-Lex, European Union
  5. Directive (EU) 2022/1999 on uniform procedures for checks on the transport of dangerous goods by road, consolidated text applicable from 24 June 2026 — EUR-Lex, European Union
  6. Commission Delegated Directive (EU) 2025/1801 replacing Annexes I and II to Directive (EU) 2022/1999 — EUR-Lex, European Union