TruckBusWorld

Transporte combinado, intermodal y multimodal: las definiciones y el trayecto por carretera

Transporte multimodal, intermodal y combinado según los textos de la ONU, la UE y la estadística que los definen; el trayecto por carretera de la Directiva 92/106/CEE y el estado de su revisión.

Publicado · Última actualización

Una fila de camiones en la vía de acceso a la terminal de transbordo carretera-ferrocarril de Weil am Rhein (Alemania), con una grúa pórtico con el rótulo Umschlagbahnhof sobre las vías, trenes de mercancías cargados al lado, unidades de carga estacionadas a lo largo de la vía y barreras rojas y blancas en primer plano
NAC — CC BY-SA 4.0

El transporte multimodal de mercancías es, en el Glossary for transport statistics de Eurostat, la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa y el Foro Internacional del Transporte (6.ª edición, 2026), «Transport of goods using at least two modes of transport» (transporte de mercancías por al menos dos modos de transporte), e «Intermodal transport is a particular type of multimodal transport» (el transporte intermodal es un tipo particular de transporte multimodal): «The movement of goods in one and the same ITU» (el desplazamiento de mercancías en una misma ITU), una unidad de transporte intermodal como un contenedor, una caja móvil o un semirremolque, «which uses several modes of transport successively without handling the goods themselves when changing modes» (que utiliza sucesivamente varios modos de transporte sin manipular las propias mercancías al cambiar de modo). El transporte combinado lo acota aún más: «Intermodal transport where the major part is by rail, inland waterways or sea» (transporte intermodal en el que la mayor parte se realiza por ferrocarril, vías navegables interiores o mar), con límites para los posibles trayectos iniciales y finales por carretera. La definición que aplica el Derecho de la UE está en el artículo 1 de la Directiva 92/106/CEE del Consejo: «los transportes de mercancías entre Estados miembros en los que el camión, el remolque, el semirremolque, con o sin tractor, la caja móvil o el contenedor de 20 pies o más utilicen la carretera para la parte inicial o final del trayecto y el ferrocarril o la vía navegable o un recorrido marítimo para la otra parte cuando dicho recorrido exceda de 100 km en línea recta», con límites para el trayecto por carretera.

Situación a 8 de octubre de 2026. Se leyeron ese día: la Directiva 92/106/CEE en su texto consolidado de 1 de julio de 2013, que los datos de la Oficina de Publicaciones de la UE registran como vigente, sin ningún acto modificativo posterior a la Directiva 2013/22/UE; la propuesta de la Comisión para revisarla y el expediente del procedimiento del Parlamento Europeo; la 6.ª edición del Glossary for transport statistics, publicada por Eurostat el 23 de febrero de 2026, y su 5.ª edición, de 2019; los textos y las páginas de situación de los dos tratados de las Naciones Unidas en la United Nations Treaty Collection; y los demás actos de la UE y el reglamento turco que se citan más abajo. Los textos consolidados de la UE se presentan a sí mismos como meros instrumentos de documentación: el de la Directiva 92/106/CEE dice que «es un instrumento de documentación», y los de la Directiva 96/53/CE y del Reglamento (CE) n.º 1072/2009, que «es exclusivamente un instrumento de documentación y no surte efecto jurídico». Los textos de la UE se citan en su versión oficial española, y el Convenio de las Naciones Unidas sobre el transporte multimodal, en su texto auténtico español; las citas de los demás textos conservan las palabras originales, y las que están en inglés o en turco van seguidas de nuestra traducción entre paréntesis.

Transporte multimodal: más de un modo

La entrada del glosario es la más amplia: bastan dos modos, y el transporte multimodal «may involve handling of the goods during transfers between modes» (puede implicar la manipulación de las mercancías durante los transbordos entre modos). La Comunicación COM(2006) 336 de la Comisión Europea, de 28 de junio de 2006, sobre la logística del transporte de mercancías, recurre a la misma idea: por «multimodalidad» entiende «el transporte de mercancías mediante dos o más modos de transporte, independientemente del tipo de mercancías de que se trate, dentro de una misma cadena de transporte». Sus demás definiciones se tratan en ¿qué es la logística?.

El Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Multimodal Internacional de Mercancías, adoptado en Ginebra el 24 de mayo de 1980, vincula el término a un contrato: por transporte multimodal internacional se entiende «el porte de mercancías por dos modos diferentes de transporte por lo menos, en virtud de un contrato de transporte multimodal», desde el lugar de un país en que el operador de transporte multimodal toma las mercancías bajo su custodia hasta otro lugar designado para su entrega situado en un país diferente (artículo 1(1)). Quedan fuera la recogida y la entrega contratadas mediante un contrato distinto de un solo modo: «Las operaciones de recogida y entrega de mercancías efectuadas en cumplimiento de un contrato de transporte unimodal, según se definan en ese contrato, no se considerarán un transporte multimodal internacional». El operador «actúa como principal, no como agente» (artículo 1(2)). La United Nations Treaty Collection registra el Convenio como «Not yet in force» (aún no en vigor), con 6 signatarios y 11 partes; el artículo 36 exige 30 Estados.

Transporte intermodal: una unidad de carga, varios modos

La diferencia entre las dos entradas del glosario es la unidad. La unidad de transporte intermodal (ITU) del glosario es un «Container, swap body, semi-trailer, trailer or goods road motor vehicle suitable for intermodal transport» (contenedor, caja móvil, semirremolque, remolque o vehículo de motor de carretera para mercancías apto para el transporte intermodal), también llamada unidad de carga intermodal. Las mercancías permanecen en su interior y solo se transborda la unidad; el glosario cita como técnicas más utilizadas el roll-on/roll-off (ro-ro), sobre ruedas, y el lift-on/lift-off (lo-lo), con equipos de elevación.

Para los vehículos de carretera sobre ferrocarril, el glosario tiene dos entradas más. El transporte piggyback es «Transport of road vehicles by rail» (transporte de vehículos de carretera por ferrocarril). La carretera rodante (rolling road) es «Transport of complete road vehicles, using ro-ro techniques, on trains normally composed entirely of low-floor wagons» (transporte de vehículos de carretera completos, mediante técnicas ro-ro, en trenes compuestos normalmente solo por vagones de plataforma baja), y «Transport of lorries via the Eurotunnel is an example of a rolling road» (el transporte de camiones por el Eurotúnel es un ejemplo de carretera rodante). Los semirremolques solos viajan en vagones como el vagón poche (pocket wagon), un «rail wagon with a recessed pocket to accept the axle/wheel assembly of a semi-trailer» (vagón ferroviario con un hueco rebajado para alojar el conjunto de ejes y ruedas de un semirremolque). En qué se diferencia una caja móvil de un contenedor y de un semirremolque se explica en cajas móviles explicadas.

Transporte combinado: la mayor parte fuera de la carretera

El glosario limita los trayectos por carretera del transporte combinado con las mismas palabras que la versión inglesa de la Directiva 92/106/CEE, cuyo texto español se cita en el apartado siguiente. Su 6.ª edición dice que el capítulo de transporte intermodal se ha revisado, «particularly aligning the chapter with UNECE’s terminology on combined transport» (en particular, alineando el capítulo con la terminología de la CEPE sobre transporte combinado); la 5.ª edición, de 2019, no tenía ninguna entrada para el transporte combinado (nuestra búsqueda en su texto).

El Acuerdo Europeo sobre las Grandes Líneas de Transporte Internacional Combinado y las Instalaciones Conexas (AGTC), celebrado en Ginebra el 1 de febrero de 1991, define el transporte combinado como «the transport of goods in one and the same transport unit using more than one mode of transport» (el transporte de mercancías en una misma unidad de transporte utilizando más de un modo de transporte; artículo 1(a)). Las Partes lo adoptan «as a co-ordinated international plan for the development and operation of a network of important international combined transport lines and related installations» (como plan internacional coordinado para el desarrollo y la explotación de una red de grandes líneas de transporte internacional combinado e instalaciones conexas) (artículo 2), entre ellas líneas utilizadas para el «regular international combined transport (e.g. swap body, container, semi-trailer)» (transporte internacional combinado regular, por ejemplo, caja móvil, contenedor, semirremolque) (artículo 1(b)). Entró en vigor el 20 de octubre de 1993; la United Nations Treaty Collection registra 34 partes, entre ellas Alemania, Italia, Polonia, la Federación de Rusia y Turquía, con la adhesión de España el 25 de noviembre de 2025. El Reino Unido no figura entre ellas.

El Reglamento de Transporte Combinado de Turquía (Kombine Taşımacılık Yönetmeliği), un texto nacional elaborado teniendo en cuenta la Directiva 92/106/CEE (artículo 4), define el kombine yük taşımacılığı (transporte combinado de mercancías) como el transporte intermodal en el que «Taşımacılığın büyük kısmının demiryolu, iç suyolu veya denizyoluyla, taşımanın başlangıç veya son etabının ise mümkün olan en kısa mesafeyle karayoluyla yapıldığı» (la mayor parte del transporte se realiza por ferrocarril, vía navegable interior o mar, y la etapa inicial o final, por carretera a lo largo de la distancia más corta posible; artículo 5(1)(e)). El artículo 6(1) añade condiciones similares a las de la Directiva: un recorrido por ferrocarril, mar o vía navegable interior de más de 100 km en línea recta, y el uso de las estaciones ferroviarias de mercancías o los centros logísticos adecuados más próximos y/o de puertos situados en un radio de 150 km en línea recta.

El trayecto por carretera según la Directiva 92/106/CEE

El trayecto por carretera se efectúa o bien «entre el punto de carga de la mercancía y la estación de ferrocarril de embarque apropiada más próxima para el trayecto inicial y entre el punto de descarga de la mercancía y la estación de ferrocarril de desembarque apropiada más próxima para el trayecto final», o bien «en un radio que no exceda de 150 km en línea recta a partir del puerto fluvial o marítimo de embarque o de desembarque». Para un recorrido por ferrocarril, el texto no da ninguna cifra en kilómetros.

La Directiva vincula normas a la definición. Cada Estado miembro debía «liberar de todo régimen de contingentación y de autorización, a más tardar antes del 1 de julio de 1993, los transportes combinados contemplados en el artículo 1» (artículo 2). En el transporte por cuenta ajena, el documento de transporte debe indicar además las estaciones o los puertos de embarque y desembarque, confirmados mediante un sello de las administraciones de ferrocarril o portuarias cuando ha terminado la parte del transporte efectuada por ferrocarril, por vía navegable o por mar (artículo 3). Todo transportista por carretera establecido en un Estado miembro que cumpla los requisitos de acceso a la profesión y al mercado puede efectuar «trayectos por carretera iniciales y finales que formen parte integrante del transporte combinado, y que supongan o no el cruce de una frontera» (artículo 4). Los Estados miembros deben velar por que los impuestos enumerados sobre los vehículos de carretera que utilicen el transporte combinado, como la Kraftfahrzeugsteuer alemana, «sean reducidos o reembolsados, bien globalmente, bien a prorrata a los recorridos que dichos vehículos efectúen por ferrocarril, dentro de los límites y de acuerdo con las condiciones y las modalidades que ellos fijen tras haber consultado a la Comisión» (artículo 6). Los trayectos por carretera están exentos de cualquier tarificación obligatoria (artículo 8).

Otros actos de la UE remiten a la Directiva. La Directiva 96/53/CE cuenta entre sus operaciones de transporte intermodal las operaciones de transporte combinado de la Directiva 92/106/CEE destinadas al transporte de contenedores o cajas móviles con una longitud máxima total de hasta 45 pies, y admite 44 toneladas para un vehículo de motor de tres ejes con semirremolque de dos o tres ejes en esas operaciones, frente a 40 toneladas en los demás casos; véase pesos del camión: masa máxima autorizada y masa máxima del conjunto. El Reglamento (CE) n.º 1072/2009 permite a un Estado miembro aplicar las normas de cabotaje a los trayectos por carretera dentro de su territorio «cuando sea necesario para evitar el uso indebido» (artículo 10, apartado 7), y según la Directiva (UE) 2020/1057 un conductor que realiza un trayecto por carretera no se considera desplazado «si dicho trayecto consiste en operaciones de transporte bilateral» (artículo 1, apartado 6); ambas normas se tratan en cabotaje y conductores desplazados.

Comparación de los textos

Definiciones de transporte multimodal, intermodal y combinado en textos internacionales, de la UE y nacionales, leídos el 8 de octubre de 2026.
TextoTérmino definidoQué cuentaTrayecto por carretera
Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Multimodal Internacional de Mercancías, 1980, artículo 1(1); no está en vigorTransporte multimodal internacionalAl menos dos modos diferentes en virtud de un contrato de transporte multimodal, desde un lugar en un país hasta un lugar en otroLa recogida y la entrega en cumplimiento de un contrato de transporte unimodal no son transporte multimodal internacional
Glossary for transport statistics, 6.ª edición, 2026, G.I-02Transporte multimodal de mercancíasAl menos dos modos; las mercancías pueden manipularse entre modosSin condiciones
Glossary for transport statistics, 6.ª edición, 2026, G.I-03Transporte intermodalUna misma unidad de transporte intermodal, varios modos sucesivos, sin manipulación de las mercancías al cambiar de modoSin condiciones
AGTC, 1991, artículo 1(a); en vigor desde el 20 de octubre de 1993Transporte combinadoUna misma unidad de transporte, más de un modoSin condiciones
Glossary for transport statistics, 6.ª edición, 2026, G.I-04Transporte combinadoTransporte intermodal cuya mayor parte se realiza por ferrocarril, vías navegables interiores o marHasta o desde la estación ferroviaria adecuada más próxima, o dentro de 150 km en línea recta del puerto
Directiva 92/106/CEE del Consejo, artículo 1, texto consolidado de 1 de julio de 2013Transportes combinadosMercancías entre Estados miembros; camión, remolque, semirremolque con o sin tractor, caja móvil o contenedor de 20 pies o más; recorrido por ferrocarril, vía navegable o marítimo de más de 100 km en línea rectaHasta o desde la estación de ferrocarril de embarque o desembarque apropiada más próxima, o en un radio de 150 km en línea recta a partir del puerto fluvial o marítimo
Propuesta COM(2023) 702, artículos 1 ter y 1 quater; no adoptadaOperación de transporte intermodal; operación de transporte combinadoUna unidad de carga intermodal en dos o más trayectos, al menos uno por ferrocarril, vías navegables interiores o transporte marítimo de corta distancia; transporte combinado si genera como mínimo un 40 % menos de costes externos que la operación alternativa solo por carretera (en las conexiones entre una isla y el continente sin alternativa por carretera, que la operación marítima alternativa)Trayecto inicial o final, o ambos, por carretera; sin límite de distancia
Turquía, Kombine Taşımacılık Yönetmeliği, artículos 5 y 6 (nacional)Kombine yük taşımacılığı (transporte combinado de mercancías)Remolques o semirremolques con o sin tractora, cajas móviles y contenedores de 20, 40 o 45 ft; recorrido por ferrocarril, mar o vía navegable interior de más de 100 km en línea rectaLa distancia más corta posible; estaciones ferroviarias de mercancías o centros logísticos adecuados más próximos y/o puertos en un radio de 150 km en línea recta

La revisión de la Directiva 92/106/CEE

El 7 de noviembre de 2023, la Comisión propuso modificar la Directiva (COM(2023) 702), dentro de lo que la propuesta llama el «paquete de medidas sobre el transporte ecológico», con el nuevo título «relativa al establecimiento de un marco de apoyo al transporte intermodal de mercancías». El artículo 1 se sustituiría por los artículos 1 bis a 1 quater. Una operación de transporte intermodal sería el «traslado de una única unidad de carga intermodal entre el punto de carga y el punto de descarga en dos o más trayectos», al menos uno por ferrocarril, vías navegables interiores o transporte marítimo de corta distancia y el trayecto inicial o el final, o ambos, por carretera, sin manipulación de las mercancías. Contaría como operación de transporte combinado si, entre otras condiciones, «la operación genera como mínimo un 40 % menos de costes externos que la operación alternativa de transporte unimodal por carretera» (en las conexiones entre una isla y el continente sin alternativa por carretera, que la operación intermodal marítima alternativa); las condiciones del artículo 1 quater no contienen límites de distancia. Un nuevo artículo 9 bis eximiría a los vehículos que realizan los trayectos por carretera «de la prohibición de conducir en fines de semana, horarios nocturnos o vacaciones aplicable únicamente a los vehículos pesados de transporte de mercancías»; las prohibiciones nacionales se comparan en prohibiciones de circulación de camiones en Europa.

El 8 de octubre de 2026, el Observatorio Legislativo indicaba como fase alcanzada del procedimiento 2023/0396(COD) «Awaiting committee decision» (a la espera de la decisión de la comisión), con la Comisión de Transportes y Turismo del Parlamento como comisión competente. Sus acontecimientos clave son la publicación de la propuesta el 7 de noviembre de 2023, el anuncio en el Parlamento de la remisión a la comisión el 14 de diciembre de 2023 y la reanudación de los trabajos de la legislatura anterior el 13 de noviembre de 2024; no recoge ninguna posición del Parlamento, ninguna posición del Consejo ni ningún acto adoptado. Por tanto, el artículo 1, tal como se ha citado más arriba, sigue siendo la definición vigente. Los términos relacionados se definen brevemente en el glosario de camiones y autobuses.

Respuestas rápidas

¿Qué diferencia hay entre el transporte multimodal y el intermodal?
El transporte multimodal utiliza al menos dos modos de transporte; el transporte intermodal es el tipo particular en el que las mercancías permanecen en una misma unidad de transporte intermodal, como un contenedor, una caja móvil o un semirremolque, y no se manipulan ellas mismas al cambiar de modo. Ambas definiciones son las del Glossary for transport statistics de Eurostat, la CEPE y el Foro Internacional del Transporte (6.ª edición, 2026), que añade que el transporte multimodal puede implicar la manipulación de las mercancías durante los transbordos entre modos.
¿Qué es el transporte combinado?
Según el artículo 1 de la Directiva 92/106/CEE del Consejo, los transportes combinados son los transportes de mercancías entre Estados miembros en los que el camión, el remolque, el semirremolque, con o sin tractor, la caja móvil o el contenedor de 20 pies o más utilizan la carretera para la parte inicial o final del trayecto y el ferrocarril, la vía navegable o un recorrido marítimo para la otra parte, cuando ese recorrido excede de 100 km en línea recta. El glosario estadístico de Eurostat, la CEPE y el Foro Internacional del Transporte lo define como el transporte intermodal cuya mayor parte se realiza por ferrocarril, vías navegables interiores o mar, con los posibles trayectos iniciales o finales por carretera dentro de los mismos límites.
¿Qué longitud puede tener el trayecto por carretera del transporte combinado?
La Directiva 92/106/CEE no fija ninguna distancia en kilómetros para un trayecto por carretera unido a un recorrido por ferrocarril: el trayecto por carretera va del punto de carga de la mercancía a la estación de ferrocarril de embarque apropiada más próxima, o de la estación de ferrocarril de desembarque apropiada más próxima al punto de descarga. Unido a un recorrido por vía navegable o marítimo, el trayecto por carretera debe mantenerse en un radio de 150 km en línea recta a partir del puerto de embarque o de desembarque.
¿Está en vigor el Convenio de las Naciones Unidas sobre el transporte multimodal?
No. La United Nations Treaty Collection registra el Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Multimodal Internacional de Mercancías, Ginebra, 24 de mayo de 1980, como aún no en vigor el 8 de octubre de 2026, con 6 signatarios y 11 partes. Su artículo 36 exige 30 Estados para que pueda entrar en vigor.
¿Se está revisando la Directiva 92/106/CEE?
Se ha propuesto una revisión, pero no se ha adoptado. La Comisión la propuso el 7 de noviembre de 2023 (COM(2023) 702), y el 8 de octubre de 2026 el Observatorio Legislativo del Parlamento Europeo indicaba que el procedimiento 2023/0396(COD) estaba a la espera de la decisión de la comisión, sin ninguna posición del Parlamento ni del Consejo. Por tanto, la definición aplicable es el artículo 1 de la Directiva, en su texto consolidado de 1 de julio de 2013.

Fuentes

  1. Council Directive 92/106/EEC on the establishment of common rules for certain types of combined transport of goods between Member States — consolidated text of 1 July 2013, Articles 1 to 9 — EUR-Lex, European Union
  2. EUR-Lex records for Council Directive 92/106/EEC: in-force flag, consolidated versions, amending acts and proposals to amend it (Publications Office CELLAR query, 8 October 2026) — Publications Office of the European Union
  3. Proposal for a Directive amending Council Directive 92/106/EEC as regards a support framework for intermodal transport of goods and Regulation (EU) 2020/1056, COM(2023) 702 final, 7 November 2023 — explanatory memorandum and Article 1 — EUR-Lex, European Union, 7 Nov 2023
  4. Procedure file 2023/0396(COD) — Combined transport: support framework for intermodal transport of goods (read on 8 October 2026) — Legislative Observatory, European Parliament
  5. Glossary for transport statistics, 6th edition (2026) — introduction and chapter G, intermodal transport — Eurostat, United Nations Economic Commission for Europe and International Transport Forum, 23 Feb 2026
  6. Glossary for transport statistics, 5th edition (2019) — intermodal freight transport chapter — Eurostat, United Nations Economic Commission for Europe and International Transport Forum
  7. United Nations Convention on International Multimodal Transport of Goods, Geneva, 24 May 1980 — certified true copy, Article 1 — United Nations Treaty Collection, 24 May 1980
  8. United Nations Convention on International Multimodal Transport of Goods — status of treaty XI.E.1 as at 8 October 2026 — United Nations Treaty Collection
  9. European Agreement on Important International Combined Transport Lines and Related Installations (AGTC), Geneva, 1 February 1991 — United Nations Treaty Series vol. 1746, No. 30382, preamble and Articles 1 and 2 — United Nations Treaty Collection, 1 Feb 1991
  10. European Agreement on Important International Combined Transport Lines and Related Installations (AGTC) — status of treaty XI.E.2 as at 8 October 2026 — United Nations Treaty Collection
  11. Council Directive 96/53/EC laying down the maximum authorised dimensions and weights for certain road vehicles — consolidated text of 14 August 2019, Article 2 and Annex I, point 2.2.2 — EUR-Lex, European Union
  12. Regulation (EC) No 1072/2009 on common rules for access to the international road haulage market — consolidated text of 21 February 2022, Article 10(7) — EUR-Lex, European Union
  13. Directive (EU) 2020/1057 laying down specific rules for posting drivers in the road transport sector — Article 1(6) — EUR-Lex, European Union, 15 Jul 2020
  14. Communication from the Commission COM(2006) 336 final, Freight Transport Logistics in Europe – the key to sustainable mobility, Brussels, 28 June 2006 — section 2 — EUR-Lex, European Union, 28 Jun 2006
  15. Kombine Taşımacılık Yönetmeliği (Combined Transport Regulation, Resmî Gazete of 27 May 2022, No. 31848, amended in the Resmî Gazete of 21 January 2025, No. 32789) — consolidated text, Articles 1 to 6 — Mevzuat Bilgi Sistemi, Presidency of the Republic of Türkiye